Información y avisos importantes
AVISO IMPORTANTE
Actualizado el 19 de enero de 2012
Actualización de la orden judicial que requiere que la GCCF retenga el 6% de los pagos de los reclamantes del juicio multidistrital.
En el documento sobre la orden y los motivos del Tribunal de Distrito de los Estados Unidos del Distrito de Luisiana con fecha del 28 de diciembre de 2011, se le ordenó a la Oficina de Reclamaciones de la Costa del Golfo (Gulf Coast Claims Facility, GCCF) retener el 6% de todos los montos pagaderos a los reclamantes elegibles de GCCF, para depositarlos en una cuenta de depósitos en garantía supervisada por el tribunal. El objetivo de la cuenta de depósitos en garantía debe establecer un fondo con el cual se podrán pagar los honorarios y gastos judiciales de beneficio común al Comité Directivo de los Demandantes y a otros abogados principales o enlaces de los demandantes, siempre que lo determine el Tribunal.
En una carta con fecha 3 de enero de 2012, la GCCF buscaba aclarar la orden judicial y el 4 de enero de 2012, el Tribunal emitió una orden para aclarar y modificar su orden anterior para dejar claro que la retención del 6% se aplica prospectivamente a todos los reclamantes que recibieron una carta de determinación de pago de la GCCF con fecha posterior al 30 de diciembre de 2011. La orden modificada aclaró que la retención del 6% no se aplica a pagos de ofertas de conciliación (provisionales ni definitivos) hechos a reclamantes con carta de determinación fechada el 30 de diciembre de 2011 o antes.
El 18 de enero de 2012, el Tribunal emitió una orden que modifica y sustituye las órdenes judiciales anteriores del 28 de diciembre de 2011 y del 4 de enero de 2012. La orden judicial del 18 de enero de 2012 ahora limita el requisito de retención del 6% a los reclamantes de la GCCF que hayan presentado una demanda en juicio multidistrital o en contra de Transocean en su recurso de limitación de responsabilidad en el juicio multidistrital (“reclamantes en limitación”) o demandantes del tribunal estatal representados por un abogado que tenía acceso al proceso de descubrimiento de MDL. La retención del 6% no se aplica a los reclamantes que nunca presentaron una demanda o reclamación de juicio multidistrital en demandantes de tribunales estatales o en limitación cuyo abogado no tenía acceso al proceso de descubrimiento del juicio multidistrital. Haga clic aquí para ver la orden judicial del 18 de enero de 2012.
De acuerdo con la orden judicial del 18 de enero de 2012, tenga en cuenta lo siguiente:
- La retención del 6% que ordenó el Tribunal se deberá aplicar a los reclamantes que: (1) presenten o hayan presentado una acción en el juicio multidistrital (ya sea a través de la presentación de una queja o un acumulado de formato breve) o que hayan presentado una reclamación en contra de Transocean en su recurso de limitación de responsabilidad; o (2) presenten o hayan presentado una acción en el tribunal estatal y sean representados por un abogado que haya tenido acceso al proceso de descubrimiento del juicio multidistrital (“reclamantes del juicio multidistrital”). Los requisitos de retención del 6% se aplican a todas las acciones presentadas o retiradas del tribunal federal que hayan sido parte del juicio multidistrital.
- Para los reclamantes del juicio multidistrital, la retención del 6% se aplicará a todo pago provisional, pago definitivo y pago rápido (incluyendo pagos para preparar reclamaciones y gastos de evaluación) hechos a los reclamantes a quienes no se les haya emitido una carta de determinación de pagos por parte de la GCCF fechada el 30 de diciembre de 2011 o antes.
- Para los reclamantes del juicio multidistrital, la retención del 6% será aplicada a toda Reclamación de pago rápido recibida con un franqueo sellado posterior al 30 de diciembre de 2011.
- La retención del 6% no se aplica a pagos de ofertas de conciliación (provisionales ni definitivos) hechos a reclamantes del juicio multidistrital con carta de determinación fechada el 30 de diciembre de 2011 o antes.
- Para los reclamantes del juicio multidistrital que enviaron una solicitud de segunda revisión de una carta de determinación de pago de la GCCF fechada el 30 de diciembre de 2011 o antes, deberán contactar a la GCCF para determinar si la segunda revisión de su reclamación cambió el pago provisional o la oferta de pago final. Si no hubo cambios en el cálculo de su pago, puede retirar su solicitud de segunda revisión y aceptar la oferta de pago final anterior en una carta de determinación de pago fechada el 30 de diciembre de 2011 o antes y no estará sujeto a la retención del 6%.
Para obtener información adicional, visite la sección de Preguntas Frecuentes haciendo clic aquí.
- Aviso sobre la aplicación retroactiva de la segunda modificación del 30 de noviembre de 2011 a la metodología final de pago a los pescadores y procesadores de camarón y cangrejo
Los reclamantes que se dedican a la pesca y procesamiento de camarón y cangrejo que han firmado un Descargo y convenio de no demanda, legalmente no tienen derecho a ningún otro pago. Sin embargo, la GCCF ha determinado ajustar de forma voluntaria pagos de cuatro veces de las pérdidas experimentadas en 2010 a reclamantes que firmaron un Descargo y convenio de no demanda en un pago final con revisión completa antes de la segunda modificación a la metodología de pagos finales del 30 de noviembre de 2011. Los reclamantes que presentaron una reclamación final de pago rápido no tendrán derecho a los pagos de ajuste.
La GCCF evaluará todos los reclamos que sean considerados bajo la modificación mencionada anteriormente. Los reclamantes no tendrán que presentar un formulario de reclamación suplementario. Todos los reclamantes que tengan derecho a recibir este pago adicional recibirán una notificación de la GCCF. - AVISO IMPORTANTE A LOS RECLAMANTES SOBRE LA POLÍTICA DE LA GCCF SOBRE LA PREPARACIÓN DE LAS RECLAMACIONES Y LOS CARGOS DE EVALUACIÓN: Lea el Aviso adjunto sobre la Política de la GCCF sobre la preparación de las reclamaciones y los cargos de evaluación.
- Aviso de cierres programados de oficinas locales a partir del 15 de noviembre de 2011 y del 1.º de diciembre de 2011
- Aviso sobre los requisitos para la documentación de reclamaciones por daños a la propiedad por parte de arrendatarios de ostras
- Aviso sobre la documentación de declaraciones fiscales de 2010 que se requiere a todos los reclamantes por pérdida de ingreso
- El Centro de Reclamaciones de la Costa del Golfo publica un resumen sobre su primer año de operación, con fecha el 23 de agosto de 2011
- Comentarios adicionales acerca de BP Exploration & Production Inc. con fecha del 7 de julio de 2011
- Aviso con respecto al cambio de horario de operadores en vivo para la línea de ayuda de la GCCF, a partir del 20 de junio de 2011
- Weiss anuncia el nombramiento de jueces para el proceso de apelaciones de la GCCF
- La Oficina de Reclamaciones de la Costa del Golfo anuncia la designación de Jack M. Weiss para seleccionar a los jueces de apelaciones
- Aviso sobre cambio de horario en ciertas oficinas locales de reclamaciones, con vigencia a partir de la semana del 6 de junio de 2011
- Aviso relacionado con el cierre de ciertas oficinas locales de reclamaciones: Con vigencia a partir del 1.º de junio de 2011
- Resumen de política sobre intereses de la GCCF
- Respuesta a la carta del senador Vitter con fechada el 24 de marzo de 2011
- Aviso a reclamantes de bienes y raíces que presentaron reclamaciones al Fondo de recuperación del estado (State Recovery Funds)
- Reclamaciones no cubiertas por la Oficina de Reclamaciones de la Costa del Golfo
- Recordatorio importante para los reclamantes que presentan formularios de Reclamación final de pago rápido: Por favor asegúrese de enviar a la GCCF un descargo con su firma original. La GCCF no aceptará formularios de Reclamación final de pago rápido enviados por fax o por correo electrónico, porque se requiere una firma original.
- Aviso 1412 del IRS (enero de 2011) - Derrame de petróleo en el Golfo: Informe de pagos por sustitución de ingresos para su uso en la preparación de declaraciones de impuestos de 2010
- Solicitudes pare escalamiento de reclamaciones: La GCCF ha estado recibiendo de reclamantes solicitudes para el escalamiento de sus reclamaciones en cantidades que amenazan la equidad del programa. Para ser equitativa con todos los reclamantes, la GCCF revisará las reclamaciones en el orden en que se recibieron y determinará el pago en el orden en que se recibió la documentación necesaria para hacer el pago. La GCCF está consiente de la importancia que significa el procesamiento rápido y eficiente para los reclamantes. Sin embargo, la política de la GCCF es tratar a todos los reclamantes de igual manera y, por lo tanto, las solicitudes de escalamiento para reclamaciones específicas no resultarán en trato preferente.
- Orden emitida por la corte en el litigio en múltiples distritos que está pendiente ante la Corte de Distrito de Estados Unidos del distrito del Este de Louisiana, titulado: "In re Oil Spill by the Oil Rig “Deepwater Horizon” in the Gulf of Mexico, on April 20, 2010" (Sobre el derrame de petróleo por el incidente en la plataforma petrolera “Deepwater Horizon” en el Golfo de México, el 20 de abril de 2010), MDL n.º 2179.